Capital Federal, Once

Departamento en venta

3 AMBIENTES

Precio venta: U$S 150.000

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Av. Almirante Brown 875

"sbiinmobiliaria@hotmail.com"

011 4361-5729

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  • Operación:Venta
  • Localidad:Capital Federal
  • Barrio:Once
  • Dirección: Sarmiento al 2500
  • Ambientes:3 AMBIENTES
  • Antigüedad:45 años
  • Superficie:95.00m²
  • Superficie cubierta:95.00m²
  • Ubicación:Contrafrente
  • Pisos:7
  • Aire Acondicionado:No
  • Baños:2
  • Estado:Muy Bueno

Descripción

Venta de Departamento 3 AMBIENTES en Once, Capital Federal


El edificio se encuentra sobre la Sarmiento al 2500 en pleno centro comercial entre las calles Larrea y Paso, a una cuadra de Av. Corrientes, a metros de línea B de subte estación Pueyrredon y combinación con línea H. La unidad es un 3 ambientes con dependencia al contrafrente con un hall de entrada, amplio living-comedor con vista panoramica, cocina completa con alacenas muebles bajo mesada y desayunador, habitación de servicio en doble altura con baño de servicio y entrepiso, lavadero independiente, pasillo de circulación con placard, dos dormitorios con placard, baño completo con bañera, agua caliente y calefacción central.

SBI Propiedades

LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY N° 3.588 Artículo 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley N° 757. Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

Disponibilidad

Disponible
No disponible
Ocupado